Información sobre discapacidad

Certificado de discapacidad 

Objetivo 

El certificado de discapacidad tiene como objetivo otorgar algunos beneficios tanto fiscales, como sociales y económicos a las personas que cuentan con limitaciones y/o restricciones físicas, psíquicas, sensoriales, intelectuales o funcionales.  La discapacidad no se puede cambiar, pero sí transformar en una oportunidad. 

 ¿Qué es el certificado de discapacidad? 

Es un documento oficial expedido por la Administración Pública que puedes solicitar si tienes una limitación física, sensorial o psíquica. Para la concesión de esta serás objeto de una valoración médica, psicológica y social. 

Para que la discapacidad esté acreditada y puedas disfrutar de algunos beneficios es necesario que se te reconozca un grado igual o superior al 33%. 

Este certificado contiene dos documentos:  

  • Condición de persona con discapacidad. 
  • Dictamen médico. 

¿Dónde se solicita? 

El reconocimiento del grado de discapacidad se realiza en los Centros Base que ofrecen además otros servicios especializados de interés. Visita esta información para conocer dónde están y qué hacen estos centros o accede directamente al trámite. 

Los Centros Base de Valoración y Orientación a personas con discapacidad son los encargados de la valoración, calificación y reconocimiento administrativo del grado de discapacidad y asumen, además, funciones de información, orientación profesional e intervención terapéutica en régimen ambulatorio. Como servicios sociales especializados de atención básica constituyen un referente para las personas con discapacidad y sus familias y las entidades e instituciones de su área de influencia. 

La tarjeta de discapacidad 

Es un documento personal e intransferible. Aquellas personas que ya tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33% podrán solicitar esta tarjeta en el centro base, ya que existe en la mayoría de las comunidades autónomas. La tarjeta sirve como un carnet identificativo y sustituye al certificado de discapacidad en formato papel.  

¿Qué beneficios te otorga el certificado de discapacidad? 

– Ventajas fiscales: Son interesantes los descuentos que se obtienen en el impuesto sobre la renta gracias al certificado de discapacidad.  

  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) 

Se establecen entre otras las siguientes ventajas: 

  • Rendimientos del trabajo:  
  • Establecimiento de un mínimo por discapacidad del contribuyente, ascendientes y descendientes, que puede incrementarse, en concepto de gastos de asistencia, si el contribuyente, ascendiente o descendente acredita necesitar ayuda de terceras personas o movilidad reducida, o un grado de discapacidad igual o superior al 65 %. 
  • Existe una reducción adicional por obtención de rendimientos del trabajo, para trabajadores activos que sean personas con discapacidad. La reducción varía en función del grado de discapacidad o de la necesidad de ayuda de terceras personas o movilidad reducida. 
  • Rendimientos de actividades económicas: 
  • Reducciones en el módulo de personal no asalariado, asalariado e índice corrector por nueva actividad. 
  • Ganancias y pérdidas patrimoniales: 
  • No habrá ganancia ni pérdida patrimonial por aportaciones a patrimonios protegidos a favor de personas con discapacidad. 
  • Está exenta la transmisión de vivienda habitual en personas con dependencia severa o gran dependencia. 
  • No tributan en el IRPF, entre otras: 
  • Prestaciones de la Seguridad Social consecuencia de Incapacidad Permanente Absoluta o Gran Invalidez y prestaciones familiares, así como pensiones y haberes pasivos de orfandad a favor de nietos y hermanos con discapacidad para todo trabajo.  
  • Ayudas públicas a personas con un grado de discapacidad igual o superior al 65 % para finan-ciar su estancia en residencias o centros de día. 
  • Prestaciones por desempleo en la modalidad de pago único, cuando los beneficiarios pretendan incorporarse de forma estable como socios trabajadores o de trabajo en cooperativas o en sociedades laborales o pretendan constituirse como trabajadores autónomos. 
  • Impuesto sobre el valor añadido (IVA) 
  • IVA superreducido en vehículos para personas con movilidad reducida y sillas de ruedas, así como determinados vehículos a motor.  
  • IVA superreducido en prótesis, órtesis e implantes internos.  
  • Otros 
  • Reducciones en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones 
  • Reducción de la base del Impuesto de Donaciones en el caso de donación de dinero para la adquisición de la primera vivienda habitual del descendiente con discapacidad, en algunas comunidades autónoma.  
  • Reducciones en el Impuesto de Donaciones realizadas al patrimonio especialmente protegido de las personas con discapacidad. 
  • Exención del Impuesto de Matriculación en la compra de un vehículo a nombre de una persona con discapacidad. 

Información: en la agencia tributaria (TELÉFONO 901.335533 y http:// www.agenciatributaria.es) o en el órgano competente de tu Comunidad Autónoma. 

  • Exención del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica. 

Información: En el Ayuntamiento en el que hayas dado de alta tu automóvil. 

– Accesibilidad:  El certificado de discapacidad te permite acceder a ayudas y descuentos en transporte, adaptación de vehículos, prótesis y órtesis. 

  • Ayudas Económicas para el Fomento de la Autonomía Personal y la Promoción de la Accesibilidad que pueden concederse por las comunidades autónomas, entre las que se pueden incluir ayudas técnicas para la adaptación y reparación de sillas de ruedas, adaptación funcional de la vivienda habitual, adquisición y renovación de prótesis y órtesis, adquisición o adaptación de vehículos de motor, ordenadores, adaptaciones de acceso al ordenador, utensilios de cocina, etc.  
  • Subvenciones para la empresa por adaptación de puesto de trabajo de la persona con discapacidad contratada, eliminación de barreras arquitectónicas o dotación de medios de protección personal. 
  • CEAPAT (Centro de Referencia Estatal de Autonomía Personal y ayudas Técnicas), ofrece “Catálogo de productos de apoyo”, donde se recopila toda la información relativa a los productos (ayudas técnicas), fabricados y distribuidos en España, así como los datos de contacto de las entidades que los comercializan. 
  • Servicio de intérprete de lengua de signos, poniendo a disposición del usuario un intérprete de lengua de signos para poder hacer frente a situaciones de la vida diaria en las que es indispensable la comunicación con personas no sordas. Dependerá de las ayudas que puedan conceder las comunidades autónomas.  
  • Servicio de intermediación telefónica para personas sordas o con discapacidad auditiva. Dependerá de las ayudas que puedan conceder las comunidades autónomas. 

Información: En el IMSERSO, en el órgano competente de tu comunidad autónoma y, en su caso, en los servicios sociales de tu ayuntamiento. Si resides en Ceuta y Melilla, en el IMSERSO. Y en la web del CEAPAT: http://www.ceapat.es/ceapat_01/index.htm 

  • Abono para transporte público urbano destinado a personas con cierto grado de discapacidad. 
  • Tarjeta de estacionamiento reservado, para personas con movilidad reducida o personas que transporten a las mismas. Es válida en toda la Unión Europea y per-mite aparcar el vehículo en las plazas reservadas para estas personas. 
  • Plazas de aparcamiento para personas con movilidad reducida cercanas a la residencia habitual, lugar de trabajo o de estudio. 
  • Tarjeta dorada de RENFE: A aquellos pensionistas mayores de 18 años (de la Seguridad Social Española), que esté en situación de incapacidad física o psíquica permanente, total, absoluta o gran invalidez, y personas con una discapacidad igual o superior al 65 %, que podrán incluir acompañante. 

Información: En tu ayuntamiento o en el órgano competente de tu comunidad autónoma. Y en la web de RENFE: http://www.renfe.com/viajeros/tarifas/tarjeta_dorada.html 

  • Las obras y actuaciones en materia de accesibilidad universal requeridas por los propietarios en cuya vivienda o local vivan, trabajen o presten servicios voluntarios personas con discapacidad, así como la instalación de rampas, ascensores, etc. se podrán realizar siempre que el importe no exceda de doce mensualidades ordinarias de gas-tos comunes. Ver Ley 49/1960, de 21 de julio, de Propiedad Horizontal. 

– Empleo: Las administraciones públicas promueven el empleo de las personas con discapacidad mediante ayudas a las empresas, y dentro de las ofertas de empleo público reservan el 7% para personas con discapacidad. 

  • Ayudas a las empresas por contratación de trabajadores con discapacidad (subvenciones; bonificaciones a las cuotas empresariales de la Seguridad Social; ayudas por adaptación del puesto de trabajo; etc.). 
  •   En las ofertas de empleo público se reservará un cupo no inferior al 7 % de las plazas ofertadas para ser cubiertas por personas con discapacidad. De ellas, al menos, el 2 % de las plazas ofertadas lo sea para ser cubiertas por personas que acrediten discapacidad intelectual y el resto de las plazas ofertadas lo sea para personas que acrediten cualquier otro tipo de discapacidad. 
  • Obligación legal de reserva para personas con discapacidad del 2 % de la plantilla para empresas de 50 o más trabajadores. 
  • De acuerdo con el Estatuto de los Trabajadores, tiene derecho a una reducción de la jornada de trabajo diaria, quien por razones de guarda legal tenga a su cuida-do directo una persona con discapacidad física, psíquica o sensorial, que no desempeñe una actividad retribuida. El mismo derecho corresponderá a quien precise encargarse del cuidado directo de un familiar, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente o enfermedad no pueda valerse por sí mismo, y no desempeñe actividad retribuida. Así mismo el progenitor, adoptante o acogedor, tendrá derecho a una reducción de la jornada de trabajo de, al menos, la mitad de la duración de aquélla, para el cuidado, durante la hospitalización y tratamiento continuado, del menor a su cargo afectado por cáncer, o por cualquier otra enfermedad grave, que implique un ingreso hospitalario de larga duración, como máximo hasta que el menor cumpla los 18 años. 
  • En caso de parto de niño/a con discapacidad, se aplicarán 2 semanas adicionales a la duración habitual del permiso de maternidad (sumando un total de dieciocho semanas). 
  • Reducciones y bonificaciones a la Seguridad Social para trabajadores autónomos con discapacidad. 

Información: en la Dirección provincial del INSS de tu provincia y en la oficina de empleo que te corresponda (dependiente de tu comunidad autónoma). 

– Prestaciones económicas: La pensión no contributiva de invalidez será compatible con el trabajo remunerado en determinados casos. 

  • Prestación familiar de la Seguridad Social por cada hijo menor de 18 años o mayor de dicha edad y que esté afectado por una discapacidad en grado igual o superior al 65 %. 
  • Derecho a una prestación económica del sistema de la Seguridad Social en los casos de nacimiento o adopción de hijo en España cuando las madres o el hijo/ a tengan una discapacidad igual o superior al 65 %. 
  • Reducción de la edad mínima de jubilación en el caso de personas con un grado de discapacidad igual o superior al 65 %, o del 45 % en determinados supuestos, siempre hayan cumplido al menos los 52 o 56 años, respectivamente. 

Información: En la Dirección provincial del INSS de tu provincia. 

  • Compatibilidad de la pensión no contributiva de invalidez con el trabajo remunerado durante los 4 años siguientes al comienzo de la actividad laboral. Será necesario que la suma de la cuantía de la pensión de invalidez y de los ingresos obtenidos por la actividad desarrollada no puede superar, en cómputo anual, el importe (en cómputo anual también) del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). En este caso la Administración procederá a reducir el importe de la pensión. 

Información: En el IMSERSO o en el órgano competente de tu Comunidad Autónoma. Si resides en Ceuta y Melilla, en el IMSERSO. 

– Prestaciones asistenciales: Dependiendo del grado de discapacidad indicado en tu certificado, podrás acceder a ayudas de las administraciones públicas para mejorar tu calidad de vida. 

  • Asistencia sanitaria y prestación farmacéutica. 
  • Subsidio de movilidad y compensación por gastos de transporte. 
  • Recuperación profesional. 
  • Rehabilitación y habilitación profesionales. 
  • Centros de atención temprana para menores con discapacidad. 
  • Pisos tutelados, centros de día y residencias. 
  • Viviendas de protección oficial para personas con discapacidad. 
  • Baremación especial en la adquisición o alquiler de viviendas de protección oficial. 
  • Ayudas a domicilio para la atención personal y doméstica y el mantenimiento de la vivienda. 
  • Servicio de teleasistencia. 

Información: En el órgano competente de tu comunidad autónoma y en los ayuntamientos correspondientes. 

  • Programa de Vacaciones de turismo y termalismo del IMSERSO 

Información: en diferentes federaciones y confederaciones del movimiento asociativo de personas con discapacidad, a las cuales el IMSERSO subvenciona esta actividad. 

– Ayudas para la educación: Con el certificado de discapacidad podrás acceder a la reserva de puestos en centros educativos, exención del pago de matrícula en la Universidad, becas de Fundación ONCE… 

  • Reserva de plazas en guarderías, colegios e institutos, públicos y concertados, para niños/as con discapacidad. 
  • Baremación especial de la discapacidad, tanto del hijo/ a como de los padres, en la adjudicación de plazas en guarderías, en la escolarización obligatoria y en Bachillerato y Formación Profesional en centros públicos y privados.  
  • Acceso al apoyo especializado y /o a la adaptación de medios técnicos necesarios en la etapa educativa cuando la autoridad educativa lo considere necesario. 
  • Baremación especial en la concesión de becas de guarderías. 

Información:  En el órgano competente de tu comunidad autónoma, en tu ayuntamiento o en el centro educativo. 

  • Reserva de plazas en universidades públicas y posibilidad de exención de tasas de matrícula. 
  • Apoyos por parte de los servicios de atención a personas con discapacidad de las Universidades. 
  • Convocatoria de becas de residencia en colegios y residencias universitarias de algunas Universidades. 
  • Posibilidad de adaptaciones en los procesos de aprendizaje y evaluación. 
  • En algunos centros universitarios: Reserva de plaza de parking para personas con discapacidad y mobiliario adaptado. 
  • UNED Exención del 100 % en la liquidación de todos los conceptos de matrícula por servicios académicos y otros servicios.  
  • Solicitud de Adaptaciones (Acceso, Grados, Máster, Idiomas y Doctorado). 

– Otros: 

  • Reducción de requisitos para la obtención del carnet de familia numerosa: En el cómputo a efectos de declaración de la familia como numerosa general o especial, cada hijo con discapacidad se computa como dos. 

Información:  En el órgano competente de tu comunidad autónoma. 

  • Derecho a la protección jurídica en caso de discriminación: El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) ofrece una primera orientación jurídica a las personas con discapacidad y a sus organizaciones en supuestos de discriminaciones y tratos desiguales de gravedad, sufridos por razón exclusiva de discapacidad. 

Más información en https://www.cermi.es/es/orientacion/autodefensa. Aquí podrás encontrar las formas de presentar una queja, recurso o denuncia. 

  • Excepcionalmente, las personas con discapacidad, así como aquellas que las tengan a su cargo, podrán tener derecho a la justicia gratuita exclusivamente en los procedimientos que guarden relación con las circunstancias de salud y discapacidad que motiven este reconocimiento excepcional, aunque superen los límites económicos establecidos, y siempre que no excedan del quíntuplo del IPREM y carezcan de patrimonio suficiente. 
  • En función de tu discapacidad, puedes acceder a los servicios y beneficios que concede la Ley 39/2006, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia. 

Información: en el órgano competente de tu comunidad autónoma o en tu ayuntamiento. 

  • Paquetería, deporte, ocio, cultura, cine, etc. 

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